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El Ministerio de Fomento ultima la nueva definición de qué es un edificio de consumo energético casi nulo

España debe adaptar su normativa a la directiva europea, que fija los parámetros para mejorar la eficiencia energética en la construcción

Reportaje

Después de la difícil travesía que ha tenido que cruzar el sector de la edificación en la última década, las empresas y los profesionales recuperan el optimismo por la mejora de la coyuntura, pero al tiempo se muestran prudentes y expectantes. Y es que los múltiples procesos regulatorios puestos en marcha en los últimos años, unidos a las nuevas tecnologías “dibujan cambios de calado en el sector”, tal y como ha subrayado el presidente del Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de Madrid, Jesús Paños.

Así, tras la cumbre de París de 2015, se puso en el punto de mira la necesidad de fijar objetivos de reducción de emisiones e incremento de las energías renovables en el mix energético más ambiciosos, lo que va a provocar la exigencia de nuevas formas de construcción más respetuosas con el medio ambiente. En el caso de la eficiencia energética, el Ministerio de Fomento está ultimando la publicación de un real decreto con el que la normativa española deberá adecuarse a las exigencias derivadas de la directiva europea que establece que a partir de 2019 en el caso de los edificios públicos, y de 2021 en el caso de los edificios de titularidad privada, éstos tengan que ser de consumo de energía casi nulo.

Una definición que deberá "adaptarse a las nuevas tecnologías"

Tal y como explicó la semana pasada en la jornada sobre la innovación en el sector inmobiliario Luis Vega, coordinador de la Unidad de Edificación Sostenible del Ministerio de Fomento, la directiva europea permite que sea cada país quien defina, en función de sus características singulares, qué es un edificio de consumo energético casi nulo. “Debemos respetar los parámetros comunes, aunque la propia directiva permite que cada país se aleje en torno a un 15% de sus cifras generales”, aclaró. Además, recordó que se trata de una definición que ha de ir renovándose con el paso del tiempo para adaptarse a las nuevas tecnologías.

Así, está previsto aprobar antes de septiembre de este año una nueva actualización del Documento Básico de Ahorro de energía DB HE del Código Técnico de la Edificación, que antes deberá someterse a información pública.

Luis Vega admitió que el texto del real decreto está prácticamente ultimado, si bien el cambio de Gobierno podría llegar a trastocar ligeramente los planes previstos. En este sentido, explicó que para llegar a la definición final se tendrán en cuenta varios indicadores. Entre ellos destacó el que medirá la calidad del edificio, referida sobre todo a su envolvente, así como el que establecerá el consumo de energía total del inmueble. Este último se calculará en función de las necesidades de consumo de energía que presente el edificio, donde se establecerán ciertos límites.

Otro de los conceptos que confirmó que abordará el real decreto es el de la energía primaria neta de un edificio. Se referirá de esta manera a la diferencia entre la energía que consuma y la que pueda llegar a recuperar o producir, un concepto con el que Vega reconoció que habrá que ser “muy cautos”. Por su parte, Javier Méndez, director del Gabinete Técnico del Colegio de Aparejadores, se mostró confiado en que el real decreto defina también cómo se tendrán que adaptar los edificios ya existentes a las nuevas exigencias de eficiencia energética.

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